Por Decreto Supremo 25999 de 24 de noviembre de 2000, se crea la Unidad de Descentralización Fiscal (UDF); bajo dependencia directa del Ministerio de Hacienda, como entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y autonomía técnica y administrativa, para llevar a cabo todas las actividades consideradas en el artículo 1° del referido decreto, que eran básicamente las de liderar, coordinar y gestionar la ejecución de los convenios de financiamiento que en calidad de donación o préstamo se otorgue al país, para actividades relacionadas con el perfeccionamiento de la descentralización administrativa.
Posteriormente, mediante Decreto Supremo 26108 de 16 de marzo de 2001, se modifica el Decreto Supremo 25999, en el entendido de que la UDF se encuentra bajo dependencia del Ministro de Hacienda como Unidad Desconcentrada y no así con personalidad jurídica propia como se estableció, con autonomía técnica y administrativa cuya misión es la de coordinar y gestionar la ejecución de los convenios de financiamiento otorgados en calidad de donación o préstamo, destinados a la actividad relacionada con el perfeccionamiento del proceso de descentralización administrativa del país.
El Decreto Supremo Nº 27732 de fecha 15 de septiembre de 2004, y publicado el 27 de septiembre del mismo año en su artículo 66°, modifica el artículo único del Decreto Supremo 26108 de la siguiente manera: “La Unidad de Descentralización Fiscal a partir de la fecha se denominará Unidad de Coordinación del Programa - UCP dependiendo directamente del Viceministerio de Tesoro y Crédito Público, a través del Ministerio de Hacienda, con funciones establecidas en el Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 25999 de 24 de noviembre de 2000. En el ámbito de responsabilidades que le competen al Viceministerio de Tesoro y Crédito Público, se amplían las funciones de la UCP a la coordinación y ejecución de los convenios de fínanciamiento otorgados en calidad de donación o préstamo que el Ministro de Hacienda determine.”
El 8 de marzo de 2006 con la promulgación del Decreto Supremo Nº 28631 Reglamento de la ley 3351 de 21 de febrero de 2006 Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), se modifica la estructura jerárquica del Ministerio de Hacienda, consignando en el numeral 1 del Art. 59 (Entidades Públicas Desconcentradas) a la Unidad de Coordinación del Programa (UCP) como entidad pública desconcentrada, bajo tuición del Ministro de Hacienda, con independencia de gestión administrativa, financiera, legal y técnica a cargo de un Director General Ejecutivo que ejerce la representación institucional.
Subsiguientemente, por Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009, el Ministerio de Hacienda pasa a denominarse Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, estableciendo dicha norma en su disposición transitoria cuarta, que las Instituciones Públicas Desconcentradas y Descentralizadas readecuarán sus políticas y objetivos en el marco de las disposiciones de la Constitución Política del Estado.
En atención a esta disposición se emite la Resolución Ministerial 007/09, por la cual la Unidad de Coordinación del Programa (UCP) pasa a denominarse Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos (UCPP) dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Mediante Decreto Supremo N°1692 de fecha 14 de agosto de 2013, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos – UCPP gestionar la implementación técnica, administrativa y legal del Campo Ferial “Chuquiago Marka”, y asumir su administración, en tanto se designe a la entidad que se hará cargo del Campo Ferial.
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través de Resolución Ministerial N° 757 de 13 de septiembre de 2013, autoriza a la Unidad de coordinación de Programas y Proyectos, la responsabilidad de implementación técnica, administrativa y Legal del Campo Ferial “Chuquiago Marka”; encomienda la administración transitoria del Campo Ferial “Chuquiago Marka” y establece que el Director General Ejecutivo de la UCPP, ejercerá la representación legal e institucional del Campo Ferial “Chuquiago Marka”, quedando autorizado a suscribir convenios, contratos, y cualquier otro tipo de documento, así como la emisión de Resoluciones Administrativas inherentes a la implementación y administración del Campo Ferial.
Mediante Resolución Ministerial N° 1104 de 28 de diciembre de 2015, se delega a la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos –UCPP, la competencia y responsabilidad administrativa de la ejecución del Proyecto “Construcción e Implementación de Recintos Multipropósitos de Frontera en la Zona de Seguridad Fronteriza del Territorio Nacional”.